Comercio Exterior
De acuerdo a la Comunicación A 7952 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), las pequeñas y medianas empresas que cuenten con certificado mypyme que tengan deuda de importación de operaciones hasta el 13/12/23, declarada en el padrón de deuda, que no supere los u$s 500.000, podrán pagar en tres meses la totalidad de la misma en tres tramos.
1- hasta 50.000 dólares a partir del 10 de febrero hasta 8 de marzo.
2- hasta 100.000 dólares a partir del 10 de marzo gasta el 9 de abril.
3- el resto de la deuda hasta 500.000 dólares a partir del 10 de abril.
Con las siguientes condiciones:
A- La operación se encuentra declarada, en caso de corresponder, en la última presentación vencida del “Relevamiento de activos y pasivos externos”.
B- La entidad cuente con una declaración jurada del cliente en la que conste que: La totalidad de sus deudas por importaciones de bienes y servicios previas al 13/12/23 han sido declaradas en el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” y el monto total adeudado no supera el equivalente a USD 500.000 (quinientos mil dólares estadounidenses).
Para acceder a la comunicación del BCRA: https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7952.pdf