Decreto 377/2023

El Gobierno formalizó la aplicación del impuesto PAIS a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios, a través del decreto 377/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial.
No se grava la importación de los bienes y servicios, sino la compra de billetes para hacer esa operación. Quien tenga dólares podrá utilizarlos sin pagar este impuesto.
De este modo, se generaliza el pago del impuesto PAIS del 25% para la compra de dólares destinados al pago de servicios en el exterior, excepto fletes, al que se aplicará una alícuota del 7,5%.
Además, un impuesto PAIS del 7,5% también se aplicará a la compra de dólares para la importación de bienes.
Este impuesto se aplica sobre todas las importaciones, incluidos los ingresos a Zona Franca, y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.