Habrá planes sin pago a cuenta y en hasta 48 cuotas
El Poder Ejecutivo Nacional dispuso un Alivio Fiscal para pequeños contribuyentes, MiPyMEs y entidades sin fines de lucro, que establece un nuevo plan de facilidades para deudas vencidas al 30 de abril de 2023 y un alivio promedio del 50% de las cuotas mensuales de planes de pago vigentes con tasa Badlar.
El nuevo plan de facilidades de pagos permite cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril del corriente año con una menor tasa de financiamiento. No exige pago a cuenta y, dependiendo del tipo de deuda a cancelar, ofrece hasta un máximo de 84 cuotas para micro y pequeñas empresas, 48 para medianas empresas tramo I y 36 para el resto de contribuyentes.
El alivio para planes con tasa Badlar, por su parte, se dará mediante un plazo de espera para el ingreso de los intereses de financiación incluidos en las cuotas de los planes de facilidades de pago presentados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramos 1 y 2, cuyos vencimientos operen entre los meses de junio a diciembre de 2023, ambos inclusive.
Plan para deuda vencida al 30 de abril de 2023
El total estimado de obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social a regularizar con este nuevo plan de facilidades de pago es de $456.063 millones. El alivio fiscal anunciado para esta clase de deudas beneficia a unos 656.121 contribuyentes, de los cuales el 48,1% son Micro y Pequeñas Empresas, 31,2% son Pequeños Contribuyentes y Monotributistas y 11,5% son Medianas Tramo I.
Las obligaciones alcanzadas por este plan de facilidades de pago son:
– Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al 30/04/2023.
– Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, todo ello conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones- formulados hasta el 30/04/2023.
El acogimiento a este plan de facilidades de pago podrá realizarse desde el 29 de mayo hasta el 29 de septiembre de 2023, inclusive.
Para hacerlo, se deberá ingresar con clave fiscal al servicio “Mis Facilidades”, opción “RG N° 5.361 – Plan de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30 de abril de 2023”.
La regularización mediante este régimen no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las sanciones pertinentes. No se podrá utilizar este plan para reformular planes ya vigentes.