Resolución Gral. AFIP Nº 5295/2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el plazo hasta el 31 de diciembre de 2022,  para hacer uso de los beneficios dispuestos para el plan de facilidades de pago de Ganancias y Bienes Personales y el plan permanente.

Plan de pagos Ganancias y Bienes Personales – RG 4057

Hasta el 31 de diciembre la AFIP no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) para determinar la cantidad de cuotas, pago a cuenta y tasa de interés de financiación de las categorías A, B, C o D.

El SIPER es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

Las condiciones para acceder al beneficio son: 3 cuotas, un pago a cuenta del 25% y la tasa de financiación prevista en la Resolución General N°4057.

El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.

Plan de pagos permanente – RG 4268

La normativa también extiende hasta el 31 de diciembre la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes.