FECHA DE PAGO, EL 18 DE DICIEMBRE
Recordamos que el artículo 122 de la ley de contrato de trabajo dispone como fecha de pago de la segunda cuota del sueldo anual complementario el día 18 de diciembre de cada año.
Recordamos que el artículo 122 de la ley de contrato de trabajo dispone como fecha de pago de la segunda cuota del sueldo anual complementario el día 18 de diciembre de cada año.