Plan de facilidades de pago de AGIP para obligaciones en mora
A través de la Resolución 224/2021 la AGIP estableció un plan de facilidades de pago respecto de las obligaciones tributarias en mora de la Contribución por Publicidad, cuyos vencimientos originales hubieran operado en el período comprendido entre el día 1° de enero de 2019 y el día 30 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive.
Quedan excluidas del presente régimen las deudas que se detallan a continuación:
a) Deudas incluidas en planes de facilidades cuyo estado sea vigente o caduco.
b) Deudas transferidas a los Mandatarios para su cobro como aquellas en estado de ejecución fiscal, cualquiera sea la instancia en que se encuentren. Se entenderá por transferida la deuda desde el momento en que la misma obre en poder del Mandatario respectivo para proceder a su cobro.
c) Deudas de los contribuyentes que hubieran solicitado su concurso preventivo. Igual criterio se adoptará con los contribuyentes fallidos.
d) Contribuyentes o responsables querellados o denunciados penalmente por el Fisco de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la comisión de delitos que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias.
e) Contribuyentes o responsables con procesamiento firme por denuncia o querella iniciados por terceros, por la comisión de delitos que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Requisitos para acceder al plan:
a) Haber efectuado la presentación con el reconocimiento de las obligaciones fiscales adeudadas por el contribuyente, para el gravamen y con vencimiento en el período comprendido entre el día 1° de enero de 2019 y el día 30 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive.
b) Haber abonado la primera cuota del plan de facilidades a su vencimiento, sin mora.
c) Haber denunciado la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la Cuenta Corriente o de la Caja de Ahorro en Pesos de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas.
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Cabe destacar que la presente Resolución regirá a partir del 12 de octubre próximo y hasta el día 30 de noviembre de 2021, ambas fechas inclusive.
Fuente: Agip