Condiciones para acceder al Procedimiento Transitorio de Acceso al Régimen General en las condiciones previstas por la Ley 27.618, art. 5
A) Contribuyentes que se mantenían en Monotributo a diciembre 2020 y pasaron al Régimen General [Ley 27.618, art. 6 y RG (AFIP) 5003, art. 5]
El próximo 20/9/2021 vence el plazo para que realicen la presentación de las DDJJ de IVA vencidas al 31/5/2021.
B) Contribuyentes excluidos o que hubieran renunciado al Monotributo en el año 2021 [art. 7 RG (AFIP) 5003]
El próximo 20/9/2021 vence el plazo para que realicen la presentación de las DDJJ de IVA de los meses enero 2021 a julio 2021 inclusive.
C) Contribuyentes que deben presentar DDJJ rectificativas de IVA con los beneficios previstos en la ley 27618 [art. 27 RG (AFIP) 5003]
Deberán efectuar la presentación hasta el 20/9/2021