“Crédito a Tasa Cero 2021”
El Banco Central de la República Argentina, a través de la Comunicación A 7342, establece que las entidades financieras deberán otorgar las financiaciones en pesos “Crédito a Tasa Cero 2021” en el marco del Decreto 512/21, en iguales condiciones que los “Crédito a Tasa Cero” previstos por la emergencia sanitaria.
En ese contexto, establece ciertas particularidades para el otorgamiento de los créditos respecto a la financiación en una única cuota, la prohibición de cobrar cargos o comisiones, aun en casos de mora, una tasa de interés y un costo financiero total del 0%.
Por otro lado, reduce la exigencia de efectivo mínimo en pesos por un importe equivalente al 60% de la suma las financiaciones acordadas y se aclara que no podrán concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos o transferirlos a entidades depositarias del exterior.