CABA
Desde el 1º de febrero y hasta el 30 de junio de 2021 se podrá efectuar la adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago –R (AGIP) 2/2021– respecto de las obligaciones tributarias en mora del impuesto inmobiliario y la tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros y del impuesto sobre vehículos en general, cuyos vencimientos originales hubieran operado entre el día 1 de enero de 2019 y el día 30 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive.
Quienes se adhieran antes del 15/03 tomando la opción de pagar hasta en 6 cuotas, recibirán la condonación del 100% de los intereses y, para adherirse a la Moratoria, deberán optar por el servicio “Plan de Facilidades” a través de Clave Ciudad, seleccionando la opción “Res. 02/2021“.
Características del Plan:
– Períodos a incluir: Inmobiliario/ABL: cuota 01/2019 a 10/2020 – Patentes: cuota 01/2019 a 05/2020.
– Monto máximo de la deuda a incluir: $1.500.000.-
– Valor de cuota mínima: $1.000.-
– Débito automático de las cuotas en la CBU informada.
– Sin intereses de financiación.
– Con condonación de intereses resarcitorios en función de la cantidad de cuotas solicitadas y el momento del acogimiento.
– No admite la refinanciación de planes vigentes.
La deuda total a regularizar podrá ingresarse en hasta doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, aplicándose los beneficios en función de la fecha de acogimiento y la cantidad de cuotas seleccionadas
Importante: Para deudas generadas por Diferencias Fiscales de Avalúo de Inmobiliario/ABL que se hayan del período enero 2019 y octubre 2020, la adhesión a la Moratoria deberá gestionarse a través de InfoAgip, seleccionando la opción “Trámites Presenciales”.
Rehabilitación de planes caducos o nulos: A partir del 1 de marzo próximo se podrán rehabilitar aquellos planes caídos que hubieran quedado caducos o nulos en el período fiscal 2020 y a los cuales los contribuyentes hubieren adherido anteriormente Esta rehabilitación permitirá mantener las condiciones y los beneficios establecidos al momento de su suscripción. Para la rehabilitación de un plan caído se debe ingresar al aplicativo “RePCa” con Clave Ciudad.
La misma será realizada de oficio por el organismo, siempre que cumpla con todas las especificaciones establecidas en la Resolución Nº 02/2021. Serán los contribuyentes y/o responsables quienes acepten o no la misma.