La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó una serie de beneficios fiscales y medidas para pymes y monotributistas, a fin de aliviar el impacto de la pandemia.

Monotributistas

A través de la Resolución General 4863/2020, el organismo estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante noviembre. La normativa también suspende las exclusiones correspondientes a octubre.

Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)

Por otra parte, AFIP suspendió la aplicación obligatoria del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el día 28 de febrero de 2021, inclusive. Lo hizo a través de la Resolución General 4864/2020.

Sistema de Control de Retenciones (SICORE)

A efectos de cumplir con las obligaciones de información e ingreso de las retenciones y/o percepciones que efectúen a partir del 1 de enero de 2021, el ente recaudador dispuso que los contribuyentes y responsables, comprendidos en las disposiciones de la Resolución General 2233, sus modificatorias y complementarias, deberán utilizar el programa aplicativo denominado “Sistema de Control de Retenciones (SICORE) – Versión 9”, que se aprueba en esta medida. Las novedades, características, funciones y aspectos técnicos del referido programa podrán consultarse en la opción “Aplicativos” del sitio web de AFIP. La medida se instrumenta a través de la Resolución General 4865/2020.

Planes de pago permanentes

A través de la Resolución General 4866/2020, se extiende hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la adhesión temprana a planes permanentes.

Presentaciones digitales

Se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 31 de diciembre. Para utilizarlo es necesario contar con clave fiscal y domicilio fiscal electrónico, registrado y confirmado.

La decisión está prevista en la Resolución General 4867/2020, que también posterga hasta fin de año la excepción de registrar datos biométricos.

Embargos y ejecuciones fiscales

Mediante la Resolución General 4868/2020, se prorrogó la suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. Asimismo, se mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.