Continúa hasta el 25 de octubre en el AMBA y demás regiones con alta contagiosidad
El Poder Ejecutivo Nacional prorroga desde el día 12 de octubre hasta el día 25 de octubre de 2020, inclusive, la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos, y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios.
En el resto del país, se mantendrá el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” (DISPO) para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas que no posean transmisión comunitaria sostenida del virus.
Estarán bajo las medidas de distanciamiento, con las mismas características y protocolos que hasta el momento, la totalidad de las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa y Misiones.
Se autorizan las reuniones sociales de hasta 10 personas en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de 2 metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nacionales. No podrá utilizarse el servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes o subtes.
Podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas por el Consejo Federal de Educación.
Si el riesgo fuere bajo, se podrán reanudar las clases presenciales de manera escalonada y progresiva en todos los niveles educativos y modalidades; y si el riesgo fuera mediano, se podrán organizar actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar u otras) en grupos de no más de 10 personas, preferentemente al aire libre, y organizar actividades presenciales de cierre del año lectivo para estudiantes del último año de los niveles primario, secundario y superior.
Deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento.
Asimismo, se prorrogan hasta el 25 de octubre de 2020, inclusive, las limitaciones fronterizas.