Informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4820/2020, determinó extender el universo de contribuyentes que deberá registrar y confirmar su Domicilio Fiscal Electrónico.

La medida busca facilitar y agilizar las comunicaciones en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4820/2020, determinó extender el universo de contribuyentes que deberá registrar y confirmar su Domicilio Fiscal Electrónico.

La medida busca facilitar y agilizar las comunicaciones en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Para registrarlo se debe ingresar en afip.gob.ar con clave fiscal al servicio Domicilio Fiscal Electrónico, cargar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular. La confirmación del trámite es un paso imprescindible para activar el canal de comunicación. El Domicilio Fiscal Electrónico es un domicilio virtual, gratuito, seguro y obligatorio utilizado por la AFIP y otros organismos del Estado para contactar a las y los contribuyentes

Para registrarlo se debe ingresar en afip.gob.ar con clave fiscal al servicio Domicilio Fiscal Electrónico, cargar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular. La confirmación del trámite es un paso imprescindible para activar el canal de comunicación. El Domicilio Fiscal Electrónico es un domicilio virtual, gratuito, seguro y obligatorio utilizado por la AFIP y otros organismos del Estado para contactar a las y los contribuyentes