Prorroga hasta el 21 de agosto

La AFIP informa que extiende hasta el 21 de agosto inclusive, el plazo para que las empresas inscriptas en el Programa ATP de julio tramiten el Crédito a Tasa Subsidiada, cuyo plazo originalmente vencía el martes 18 de agosto.
Pueden acceder al mismo aquellas empresas que registraron una variación nominal en su facturación anual de entre el 0% y el 30%.

¿Cómo iniciar el trámite del beneficio?

Para iniciar el trámite del Crédito a Tasa Subsidiada los interesados tendrán que ingresar al servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” de AFIP y a continuación deberán:

* Dar cuenta del monto teórico máximo del crédito disponible y aceptarlo.

* Indicar una dirección de correo electrónico

* Seleccionar una entidad bancaria tramitar el crédito

¿Qué tasa de interés tendrán los créditos subsidiados?

La tasa de interés de los créditos subsidiados será fija y dependerá del nivel de facturación que la empresa haya tenido entre junio 2019 y junio 2020.

  • Facturación del 0% al 10% mayor: tasa de interés nominal anual del 0%
  • Facturación del 10% al 20% mayor: tasa de interés nominal anual del 7,5%
  • Facturación del 20% al 30% mayor: tasa de interés nominal anual del 15%